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4. Derechos humanos, desarrollo humano (PNUD) y política social: las formas nomotéticos de la contradicción estado-sociedad. 2ª. PARTE.

DERECHOS HUMANOS, DESARROLLO HUMANO (PNUD)
Y POLITICA SOCIAL:
las formas nomotéticas de la contradicción estado-sociedad. 2ª. PARTE.
 
 
 
Con respecto a las formas de realización del Derecho Humano en El Salvador, especialmente en jóvenes, en la primera parte de este trabajo señalamos sobre la importancia de distinguir tres elementos esenciales: 1º. Que las premisas expuestas en el derecho humano internacional son propias de la condición histórica, económica, cultural y actual de países occidentales separados por un abismo indeterminable de El Salvador, 2º. Que sin lugar a dudas, todos los habitantes de este planeta merecen el ejercicio de sus más elementales derechos como especie humana, condición sine qua non de justicia y equilibrio social y 3º. Que una vez establecidas las formas que actualmente ha adoptado el Derecho Humano, solo queda la responsabilidad de los Estados Nacionales de cumplir con ellas.
 
En esta oportunidad nos referiremos especialmente al tercer elemento apuntado anteriormente: la responsabilidad del Estado, distinguiéndolo naturalmente de “configuración estatal” por la polimesia dotada al primero. El primero es un concepto teórico general que articula norma, autoridad y coacción en cualquier sociedad. El segundo es un concepto analítico que refiere a las particularidades que en cada sociedad asume el funcionamiento del estado.
 
 Como se señala en el título de este escrito, nos interesa examinar las formas que adquiere la contradicción Estado-Sociedad, de antemano, recordemos que nos referimos específicamente al caso salvadoreño. Al respecto desdoblaremos el tema en tres componentes: A) la nueva forma del paternalismo estatal en los llamados “estados modernos”, B) las nuevas formas de control social y el aparecimiento de las instituciones “reflexivas” que entre otras cosas, no deslinda en compromiso institucional y C) el mercado socioeconómico de la dependencia y la necesidad humana. Al respecto, merece especial atención un breve comentario sobre el último informe de Naciones Unidas sobre Desarrollo Humano. Sin duda que lo dicho sobre El Salvador1 y buena parte de países latinoamericanos en materia de rezago educativo y de salud no es nada nuevo, de hecho las condiciones de pobreza e ineficiente distribución de la riqueza cuenta con mas de 60 años de historia, en tal sentido, en esencia el hecho de no haber superado esa condición es lo que hace que la conclusión del informe sea interesante. 
 
A) Las nuevas formas de paternalismo.
 
A principios del siglo pasado, buena parte de gobiernos latinoamericanos impulsaron políticas socioeconómicas populistas diseñadas con programas asistencialistas fundamentalmente en dos sentidos: 1º. incorporar a grupos, etnias o sectores sociales al concepto de nación y 2º. mostrar y hacer aparecer un estado benefactor responsable2. Sin duda alguna, el diseño populista tuvo su impacto y buena parte de sectores económicos y culturales fueron absorbidos por el concepto de estado nacional desde la cultura occidental. Casi un siglo de práctica populista-asistencialista del estado como forma de control social, produjo extremados niveles de dependencia y rezago en el desarrollo social de la población. Ahora, el estado nacional diseña nuevas políticas que deslinden mayor responsabilidad de la población y con ello, suprimir sus propias responsabilidades administrativas. Dicha tarea no es fácil, sobre todo cuando se ha formado una cultura de la dependencia en todos los ordenes de la actividad humana nacional, en ella naturalmente, la misma figura del Derecho Humano. Hasta hace unos años, el derecho humano era solo un concepto mas apegado a lo ético-filosófico; hoy en día, el derecho humano se institucionaliza en el orden político y social mostrando significativo avance, sin embargo, aunque las exigencias del nuevo orden económico internacional demandan mayor integración y participación de la población en sus derechos con la intervención estatal mediadora, debemos tener claridad de la disfunción existente (en el caso salvadoreño) entre desarrollo social y el derecho humano.
 
Ciertamente el Derecho Humano como concepto comprende a todas y cada una de las actividades que el ser humano realiza para satisfacer su vida, en tal sentido, los niveles de vida deben ser simétricos con las formas de Derecho. Una sociedad con enormes desigualdades socioeconómicas y de desarrollo, solo produce constantes rupturas con la filosofía del derecho humano, lo que permite reafirmar para el caso salvadoreño, el inacabable aprendizaje en materia de derechos humanos. En resumidas cuentas, mientras exista rezago educativo, extrema pobreza y las condiciones de vida de la población se reduzcan a la simple subsistencia, ¿cómo podrá institucionalizarse los derechos humanos?, no quedará mas que continuar dilucidando sobre el derecho humano en su forma más metafórica e idiográfica, misma que únicamente refiere nuevas formas de paternalismo.
B)   Las nuevas formas de control social.
 
No cabe duda que una de las formas más acabadas de control social se expresa en la vigilancia que la misma población se hace a si misma, método político con casi dos siglos de practicarse, pero que apenas se está conociendo en estos países. Se trata de una política de estado interesada en conocer los sistemas organizativos que se producen en la sociedad civil a través de la “participación social”. Dicho método coloca a las instituciones administrativas y políticas del estado como mediadoras o interlocutoras (facilitadoras para la escuela positivista anglosajona) entre la sociedad política y la sociedad civil. Indudablemente, la participación de la población debe constituir el principio básico de la dinámica social ya que ésta es la única que la dinamiza y transforma; empero la participación pierde sentido mientras no se establezca el vínculo y articulación pertinente entre sociedad política y sociedad civil.
 
Contrariamente a la idea de desarrollo humano y social a través de la participación de individuos, grupos o sectores, este método político mal diseñado e implementado podría generar dificultades al interior de la sociedad, es decir que la sociedad civil rebase las capacidades administrativas del estado, incluyendo en ello, las posibilidades comprensivas de quienes lo administran, dicha razón pone en riesgo a las instituciones de estado sobre todo si su práctica reflexiva de los problemas sociales no rebasa su estatismo y simplicidad política. 
 
 
C) El mercado socioeconómico de la dependencia y la necesidad humana.
 
Un recuento rápido sobre las transformaciones conceptuales del derecho humano desde el nacimiento del capital industrial, nos indica el acelerado progreso del pensamiento y conocimiento humano, pero también nos revela la cadena mas interminable de pobreza. Contrariamente al supuesto teórico de progreso como sinónimo de mejoramiento en la calidad de vida humana, ahora son muchos más los pobres en el mundo, en simples palabras, la dependencia socioeconómica es hoy en día, una de las formas mas rentables para los países industrializados, mercado económico asociado al simbolismo humano, mismo que solo se traduce en dependencia. Obviamente desde el surgimiento del capital industrial en siglo XVIII a la fecha, las transformaciones tecnológicas se derivan en nuevas demandas y necesidades en la población, mientras los recursos públicos asignados para tales satisfacciones se reducen, en tal sentido, el déficit de satisfactores humanos supera las asignaciones, una deuda de por sí, histórica e inhumana.
 
El Informe sobre Desarrollo Humano (PNUD 1991 y que no ha variado sustancialmente en 2002) mostró cuatro razones básicas para el uso de los recursos públicos: A) gasto público, deber del estado de mostrar lo que destina para el mismo gasto (PIB), B) asignación social, porcentaje de los recursos públicos para apoyar “programas sociales”, C) índice de prioridad social, proporción de recursos sociales destinados a actividades de prioridad humana y D) gasto humano, proporción del ingreso nacional asignado a las prioridades (educación básica, salud) recomendando que el 5% del PIB se destinara a programas de desarrollo humano. Aunque en resumen las intenciones y propuestas de la distribución del gasto hecha por PNUD refleja una clara intención de minimizar las enormes brechas del ingreso per cápita y de sectores en general, ciertamente queda por resolver el objeto directo que se beneficiará con estas formas de distribución. Las correlaciones entre cada una de las razones, no dejan claro quienes constituyen cada uno de los grupos.
 
En el caso salvadoreño, cada vez se suprimen más las posibilidades de suponer confusión en la organización económica nacional, más bien, se reafirma la más profunda inopia de la teoría económica científica que termina en la más inapropiada especulación de la relación trabajo-riqueza. Sin duda que la extensa y compleja teoría económica de Libre Mercado tan afanosamente celebrada por algunos sectores privados (especialmente los no productores de riqueza), reposa más en las subjetivas capacidades de entendimiento individuales que en la articulación de todos sus componentes.
 
Hoy en día se recurre constantemente a la figura de estados modernos. Sin precisiones exhaustas diremos que esta concepción resulta de los cambios históricos establecidos desde la lucha política-administrativa de dependencia de los estados feudales de la Europa del siglo XIII hasta las revoluciones norteamericana y francesa del siglo XVIII3 estableciendo por primera vez el derecho universal de los individuos a la propiedad individual, a la libertad de acción, expresión y asociación y a la propiedad pública sobre el estado, éste último derecho individual, usualmente denominado democracia.4 Precisamente dentro de los derechos individuales, asiste a los individuos el derecho económico que implica sistémicamente la asignación de recursos en el nivel microeconómico, desde luego no existentes en los sistemas de derechos precapitalistas que ahora presuponen avances en materia de la producción social, incremento del ingreso per cápita y del bienestar público, todo ello tal
y como lo presenta la teoría económica capitalista desde su constitución. Al respecto, Adam Smith (1776) denominaba estas dos formas de derecho individual como la “plena libertad civil”, misma que consideraba la conditio sine qua non   para que el comercio pudiera generar el progreso económico.
 
En resumen, el compromiso del estado desde su configuración debe orientarse a la debida administración (normatividad consciente) de los recursos sociales en función de la misma sociedad. En tal sentido, el concepto de Libre Mercado pensado reductivamente como sinónimo de acumulación, solo puede generar el ahogamiento de la sociedad misma, es decir, por una parte, la inseguridad consciente y socializada de las instituciones públicas o privadas y sus respectivas derivaciones conflictivas y por otra, peor aún, la más absoluta pasividad productiva que finalmente ahoga tanto a los pobres como a quienes impulsan ese modelo económico reductivo. Sin inmódica razón, podemos suponer un conflicto administrativo del estado que parte desde el problema más básico intuicionista de la identidad institucional, hasta la más abrupta concepción de suponerse la forma más acabada de poder social.
 

1 PNUD, informe de Desarrollo Humano, El Salvador, julio de 2002.
2 Ticas, Pedro, El Estado Nacional, Ed. Praxis, México, 1993. Pág. 163
3Véase Kofler(1974), Arblaster (1987) y Bazúa y Valenti (1993)
4Canto C, M./T. Pedro, Reforma del estado y políticas sociales, Universidad Autónoma Metropolitana, México, 1994
 
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  Pedro Ticas  
 
 

 
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