El corredor del delito y políticas de contravención
Esto que denomino “Corredor del delito” esta asociado a dos elementos que generan su existencia. Primero La Violencia y Segundo El Delito mismo. La apreciación no es antojadiza. Ciertamente un seguimiento sistemático y cronológico del delito a partir de 1995 nos conduce a establecer la posible existencia de un CORREDOR DEL DELITO que contiene características propias que escapan al patrón esporádico de manifestación del mismo. El CORREDOR DEL DELITO crece de forma VERTICAL y FORMA LINEAL (fig. 1). Aparentemente los dos conceptos solo determinan únicamente un simbolismo, sin embargo en su sentido estricto, dicha conformación podría significar la tendencia a crear territorios de control que permitan movilidad y expansión a partir de unidades de operación central desde distintos puntos del país.
Su VERTICALIDAD se expresa en las formas de manifestación, es decir, metafóricamente con la imagen de una estructura piramidal que va desde los delitos más comunes (asaltos, robos menores, hurtos) hasta los asesinatos dirigidos y debidamente planeados y ejecutados. Esto ofrece la idea de pensar en una escala del delito que en poco tiempo ha alcanzado su máxima expresión en el crimen organizado. Sin duda que al respecto, la estructura piramidal del delito infiere la deducción de estamentos organizativos sobre los que descansa el delito tanto en su planificación como ejecución, los cuales, incluso, rebasan los márgenes del territorio nacional apoyándose en estructuras externas experimentadas.
El concepto de LINEALIDAD consiste en determinar que el delito se mueve predominantemente en el territorio nacional creando franjas de expansión que dividen al país en tres partes: NORTE, CENTRO Y SUR. En el plano estrictamente hipotético habríamos de suponer que el delito se organiza y conforma de acuerdo a ciertas circunstancias que lo hacen posible. En buena medida este crecimiento obedece al diseño de áreas urbanas en donde se concentra la mayor actividad comercial, industrial, semi-industrial y demográfica. Este tipo de expansión no es fortuita, contiene una lógica de orden geográfico, cultural y social. Normalmente lo geográfico esta asociado al control del espacio y la pertenencia al mismo. Los grupos que delinquen comienzan en sus propios territorios porque les confiere mayor seguridad y dominio sobre las acciones, el control del espacio significa la determinación de reglas o normas hacia los demás en tanto se obtiene prestigio, reconocimiento o poder dentro del grupo. Es posible que una vez que el individuo muestra control y manejo sobre el territorio, el poder simbólico obtenido anteriormente pase a segundo plano en el orden jerárquico del grupo de manera que el individuo sea incorporado al sistema tradicional de su organización interna, esto significa insertarse al proceso normal de ascensión de cargos, lo que indica que una vez cometido el primer delito, las posibilidades de reincidencia aumentan con celeridad. Si tomamos en cuenta los corredores geográficos entre los municipios y las características étnicas, territoriales y logísticas de los centros urbanos, podremos encontrar que son los mismos diseños urbanos quienes proveen las condiciones para el delito, debido a ello no seria extraño que las redes intergrupales crezcan de acuerdo a su condición étnico-cultural en tanto la similitud de sus necesidades y formas de ver el mundo constituyen en si mismas uno de los principales valores de formación de la red.
El delito se extiende por conveniencia étnica, territorial y logística. Para ello los centros urbanos proveen elementos necesarios para la medición de sus propias fuerzas y destrezas, por ejemplo, delinquir en lugares con mayor vigilancia les ofrece la oportunidad de corroborar o replantear sus formas de organización, aunado a ello se convierten en espacios perfectos para la interlocución con la población, se crean redes de comunicación bastas y rápidas que la misma sociedad fortalece inconscientemente mediante el montaje de mecanismos de resistencia que en última instancia son rebasados por la misma actividad delictiva.
La formación del delito: cambios y cultura
Si el delito es un acto, el acto mismo es circunstancial, eventual, involuntario o contrariamente aparece de manera consciente, naturalmente esa consciencia la establece el otro, el yo realizado a través del otro y su entorno, razón fenomenológica que socialmente permite advertir a simple vista los niveles de punibilidad o restitución del acto, en consecuencia el delito es medido por la sociedad y para la sociedad, en tal controversia, la misma dinámica social disuelve el acto llamado delito desimanándolo en múltiples determinaciones que finalmente lo configuran en un todo, esto nos permite explicar que la modificación o cambio de un delito a otro se determina socialmente como producto de ansiedades y conflictos coyunturales o históricos.
Dadas estas condiciones, la manifestación del acto en cuanto a delito no solamente es propicia sino, además, inducida, inducción subjetivizada por el individuo que al objetivizarla asciende a nivel cultural. Precisamente en ese momento, el delito se convierte en forma cultural y los cambios en el mismo solo aparecen una vez experimentada esa forma cultural.
Sin número no hay caso
Sin duda que el registro estadístico de los delitos abona elementos importantes para la calificación de los mismos, entendida la calificación como el registro y observancia de las variaciones del delito. Como se comprenderá, el registro y la observancia no prometen la explicación o análisis del delito, simplemente porque su principal función es la medición de dichos fenómenos. Como característica propia del Derecho, éste no puede anteponerse al delito para penarlo, primero existe y luego se norma. Este proceso sintagmático que parece lógico tiene su sentido filosófico. En países en donde se produce jurisprudencia, los expertos redactan normas que describen una conducta con sentido deóntico con el claro propósito de cumplir con las exigencias de la sociedad.
En su sentido más amplio, ni el mismo jurista puede leer la norma desvinculada del sentido filosófico, en caso de hacerlo, las inconsistencias técnicas se revelan de manera inmediata. El jurista interpone el discurso ideológico a la ley por mas seca que ésta se presente, comprendiendo que la misma norma es producto ideológico y quien responde a ciertos valores que se insertan en el discurso normativo con sentido social, de allí que el sentido deóntico e ideológico del Derecho vayan de la mano en razón plena del ordenamiento social, por ello, quizás, algunas normas parecen ser mas descriptivas que prescriptivas, por tanto no existe una norma pura porque la descripción de la conducta obligatoria se efectúa con palabras cargadas de sentido.
Comportamiento Lineal y vertical del delito (corredor central del país) Fig. 1
En función de lo anterior podemos señalar 5 características básicas de la conducta del delito en el plano nacional:
1. Posicionamiento de territorios propios
2. El territorio implica la determinación de reglas o normas
3. Dominio de los individuos sobre el territorio
4. Montaje de corredores geográficos entre los municipios sustentados en características étnicas, territoriales y logísticas que los mismos centros urbanos proveen
5. El delito se extiende por conveniencia étnica, territorial y logística.
Si las premisas anteriores resultasen validas para explicar la conformación del delito, conviene entonces advertir sobre algunas políticas que desde el gobierno ejecutivo podrían implementarse en virtud de dos funciones propias del estado. Primera, el diseño y aplicación de un proceso de coerción del estado dividido en dos etapas: a) ocupación territorial de la fuerza pública y b) el desarrollo de estructuras logísticas por zona. Segunda, la intervención del estado a través del intervínculo y articulación del ejercicio de las instituciones públicas. En resumen, dicha política se sustenta en los siguientes enunciados:
1. Implementación de un estado coercitivo-restaurativo
2. Control social y de estado a los individuos que delinquen después de cumplidos sus procesos penales, independientemente de la resolución absolutoria o condenatoria
3. Organización y determinio de las dinámicas sociales por departamento, región, zonas y áreas étnico-culturales
4. Transformación del escenario local podrá transformarse el comportamiento del delito
5. Impulso en la instalación de servicios a la ciudadanía
6. Articulación de las interacciones comunes entre las instituciones publicas y privadas